La Junta Central Electoral (JCE) ha emitido la resolución No. 73-2023, detallando la implementación del programa de voto accesible para personas con discapacidad y adultos mayores en las elecciones generales ordinarias de 2024. El programa incluye la iniciativa "voto en casa", un programa piloto destinado a permitir el ejercicio del sufragio en los domicilios de personas que, debido a discapacidades físicas severas, condiciones motoras graves o razones de salud graves, no pueden acudir a su colegio electoral. Este programa se llevará a cabo de manera exclusiva en el gran Santo Domingo.
Para ser elegibles para el voto en casa, los solicitantes deben completar un formulario de solicitud que estará disponible en el sitio web de la JCE. Además, deben adjuntar una copia de su cédula de identidad y electoral y la correspondiente constancia médica. Los solicitantes también deben proporcionar un certificado médico que detalla su imposibilidad de movilidad, así como un certificado de discapacidad emitido por el Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis).

Es importante que el solicitante tenga su domicilio registrado en el área donde se implementará el programa piloto, que abarca la provincia Santo Domingo y el Distrito Nacional, y que pertenezca a uno de los colegios electorales correspondientes a esa área. Las solicitudes deberán presentarse antes del 30 de diciembre de 2023.
Sin embargo, no serán elegibles para el programa aquellas personas ingresadas en centros de rehabilitación psicosocial u hospitales, así como aquellas que, por indicación médica, no puedan tener contacto con otras personas. Una vez que se complete el proceso de solicitud, se verificará el cumplimiento de los requisitos y se publicará una lista de las personas que votarán desde sus hogares, accesible en los sitios web de la JCE y el Conadis.
La implementación del programa se llevará a cabo a través de unidades móviles, cada una compuesta por un presidente, un secretario, un vocal, un representante de las organizaciones para personas con discapacidad, miembros de la Policía Militar Electoral y delegados de los partidos políticos acreditados para estos fines. La designación de los equipos móviles y la entrega de materiales electorales seguirá los plazos establecidos por la Ley Orgánica Electoral No. 20-23 y los reglamentos emitidos por el Pleno de la Junta Central Electoral.
El día de la votación, los miembros del equipo móvil validarán los materiales electorales y las rutas de traslado a los domicilios de las personas beneficiarias. Una vez en el domicilio, el presidente verificará la cédula del votante y entregará las boletas electorales, marcadores y el pódium móvil. Si es necesario, la persona votante podrá solicitar la asistencia de alguien de confianza para marcar las boletas electorales. Luego, doblarán la boleta electoral y la depositarán en el sobre correspondiente, sellándolo con cinta de seguridad. Cada voto se depositará en el sobre electoral.
Finalizado el proceso de votación, el equipo móvil se dirigirá al colegio electoral correspondiente para la entrega de los sobres con los votos emitidos en el programa. La entrega se realizará en presencia de los miembros del equipo móvil y en manos del presidente del colegio electoral, quien removerá la cinta de seguridad y depositará las boletas electorales en la urna correspondiente. La JCE será responsable de asegurar los medios de transporte necesarios para que los equipos móviles cumplan con sus funciones.


