Acuerdo ADP-Presidencia de la República y el MINERD
Cheo Lagombra
El pasado lunes 24 del mes de julio se dio a conocer a la opinión pública un acuerdo
firmado entre el sindicato de los docentes, el presidente de la república y el ministro de
educación. No es la primera vez que se llega a un consenso entre “lo posible y lo deseado” como
lo manifestaron el presidente de la agrupación magisterial y también el presidente de la
república en las palabras que pronunciaron tras la firma del documento en el palacio nacional.
Realmente este no es un nuevo acuerdo, sino la reafirmación del acuerdo
firmado en el 2021 por la actual admiración, al cual se le agregó algunas adendas. No es
aconsejable ser pesimista, pero la dinámica tradicional tras las firmas de esos acuerdos es que
siempre dependen de las “posibilidades” del gobierno de turno y entonces la ADP tiene que
recurrir a la única herramienta que constitucionalmente tienen derecho los trabajadores, que es
el derecho a las protestas. Dentro de las adendas agregadas, por primera vez se tomó en
cuenta a un porcentaje de docentes jubilados y pensionados que todavía reciben ingresos de
menos de R.D. 20,000.00. Era la época en que los docentes pasaban años de espera para ser
jubilados, muchos murieron esperando ese decreto. Para buscar una situación provisional se
promulgó la Orden Departamental 5-92 que les otorgaba una especie de licencia permanente a
los docentes que por razones de edad o de salud estuviesen imposibilitados para el desempeño
de sus funciones, hasta que fuesen jubilados o pensionados, de acuerdo con lo que establece el
Fondo de Pensiones y jubilaciones Civiles de la ley de Gastos Públicos y todavía dependen del
Ministerio de Hacienda. El monto de esas pensiones serán reajustadas hasta R.D. 26,000.00. Son
los más beneficiados, pero queda pendiente su traspaso al INABIMA. Los que ya pertenecen a
esa AFP de acuerdo a una escala, sus pensiones serán reajustadas hasta R.D. 35,000.00
retroactivo al 30/06/2023, los que sobrepasen a ese monto serán llevados a R.D. 50,000.00. A
estos últimos su reajuste también se aplicará siguiendo una escala que falta por definirse en el
mes de febrero del 2024. Aunque el artículo 156 de la Ley 66-97 establece que el
reglamento para el funcionamiento del INABIMA debió aprobarse a los 5 meses después de la
promulgación de esa ley, es Hipólito Mejía quien inicia ese proceso con la promulgación de
decretos a partir del 2002 jubilando y pensionando al personal docente con esa categoría, para
luego ser traspasados al INABIMA cuando esa institución obtuviera los fondos para funcionar
como una AFP. Con el Decreto 243-03 Mejía creó el Reglamento para su funcionamiento.
En lo que respecta al sistema de salud de los docentes que está
a cargo de la ARS-SEMMA, se construirán dos hospitales que serán manejados por el SNS,
pero con atenciones especiales a los docentes, uno se construirá en la región este y otro en la
región sur, además se remozarán el de Santiago y el de Santo Domingo, y los docentes afiliados
a esa ARS serán incluidos en el programa de medicamentos esenciales y de alto costo a través
de una ventanilla única que será creada para tal fin.
Una de las reivindicaciones que figuraba en todos los reclamos de la
ADP, era la creación de centros de ocio para los docentes y sus familiares. Para materializar
este reclamo, la ADP se compromete a aportar los terrenos donde se construirían esos centros.
La Presidencia de la República y el MINERD establecerán una reserva presupuestaria en
función del presupuesto estimado para cada obra. Este programa se iniciará en el Gran Santo
Domingo, en Santiago, San Juan de la Maguana, en Barahona y en San Pedro de Macorís.
Se incluyó la doble cotización al Sistema de Seguridad Social, porque
hay docentes que tienen una tanda en el sector privado o laboran en centros de educación
superior, y esas cotizaciones se remiten a la TSS y luego al Ministerio de Hacienda, pero sus
cuentas aparecen en cero. Las partes acuerdan gestionar y transferir al INABIMA los fondos que
se encuentran retenidos a aquellos maestros que tributan doblemente. Aunque debió decir “los
que tributan y han tributado” ya que muchos están jubilados y pensionados.
Algunos asuntos no están del todo claro, como la aplicación
de incentivos a los docentes a partir de octubre de este año. La cláusula no define cuáles
incentivos serán aplicados y ni a quiénes se aplicaran. Eso tendrá que definirse. También falta
por definir el porcentaje de aumento a los docentes activos que será en el 2024. Otro asunto
pactado sin especificar los porcentajes es la aplicación de incentivos por la complejidad del
cargo a los Directores de centros educativos y los Coordinadores Académicos de esos centros en
el mes de abril del 2023.


