En momentos en que se están moviendo las fichas del tablero político con el cambio de afiliación de algunos aspirantes a cargos electivos con miras a los comicios del 2024, adquiere relevancia contar con el criterio del Tribunal Constitucional sobre el transfuguismo de candidaturas.
Estos fallos aportarían soluciones a un problema que enfrentan los partidos en cada proceso electoral, por el trasiego de militantes inconformes.
De 6 acciones de índole electoral que están pendientes de fallo en el Tribunal Constitucional, 4 atacan las disposiciones de la ley de partidos y la ley electoral que prohíben el transfuguismo de candidaturas, cuyos textos legales han sido objeto de diversas interpretaciones, por lo que la última palabra está en poder de los jueces constitucionales.
Las instancias de inconstitucionalidad procuran la nulidad del artículo 49.4, de la ley 33-18, y 134 de la ley electoral 15-19, que ya fue derogada por la recién promulgada ley 2023, pero la nueva legislación conservó un texto similar al impugnado.
El artículo 140 de la ley 20-23 también prohíbe el transfuguismo, al disponer que “Las personas que hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido, agrupación, movimiento político o alianza a la cual pertenezca el mismo, a un cargo de elección, no podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación, movimiento político o alianza, en el mismo proceso electoral.”.
o movimiento político se requiere que el aspirante para un determinado evento electoral, en representación de una organización política no haya participado como candidato por otra en el mismo certamen comicial.
Las acciones contra el transfuguismo fueron interpuestas durante la campaña electoral del 2020. Ese año, el TC decidió una primera instancia, pero la declaró inadmisible por falta de argumentación, sin fijar ningún criterio sobre el transfuguismo.
Ese tema vuelve a tener relevancia en la actual coyuntura electoral, debido a que al país está en el período de precampaña, en el que los partidos se aprestan a celebrar sus eventos internos para escoger a las personas que postularán en los comicios del próximo año.
Las inconformidades de aspirantes que no resultan electos o no les son asignadas las candidaturas, suelen provocar renuncias y adhesión a otras organizaciones donde se les garantiza la plaza que desean.