La comisión bicameral encargada de estudiar la modificación a la ley de Seguridad Social entregó un informe final de proyecto de ley en el que propone la creación de un sistema de pensiones público y uno privado. En el sistema de pensiones público de prestaciones definidas, las pensiones por vejez serían entregadas desde los 55 años y no a los 60, como lo dispone de manera general la normativa actual.
La vigente Ley 87-01 sobre Seguridad Social que pretende ser modificada en el Congreso, ordena a modo total que las pensiones serán entregadas cuando el afiliado cumpla la edad de 60 años y haya cotizado durante un mínimo de 360 meses. En el artículo 45 de esa ley se da la opción al derecho a una pensión por vejez al haber cumplido los 55 años y acumulado un fondo que permita disfrutar una jubilación superior al 50 % de la pensión mínima.
años es la edad mínima que proponen los legisladores para otorgar pensiones por vejez en sistema público.
El informe elaborado por los congresistas iguala esta posibilidad en el sistema público si el afiliado ha cotizado por 20 años y ha cumplido 55 años, correspondiéndole así una tasa de reemplazo del 70 % del promedio de los últimos 12 salarios.
¿Quiénes entrarían en el sistema público?
De acuerdo con la propuesta de modificación un sistema de pensiones público, basado en la modalidad de prestaciones definidas, afiliará de forma obligatoria a los trabajadores con bajos ingresos económicos; así como a aquellos con derechos adquiridos por haber cotizado con anterioridad a modelos de beneficios definido y aquellos que sus salarios aumenten estando ya afiliados a dicho sistema.