Es obligación del padre, madre, tutor o guardián responsable crear un fideicomiso a nombre del menor de edad con la suma correspondiente al cuarenta por ciento del contrato profesional, a fin de garantizar la protección del adolescente”, leía parte del referido apartado.
Asimismo, este fideicomiso también debe estar sujeto a una serie de requisitos para que sea válido, como la necesidad de crearlo a través de personas jurídicas constituidas en sociedades facultadas para fungir como fiduciarios.
El mismo debe ser abierto por la persona responsable del joven firmado, además de que la duración del fideicomiso será hasta que el adolescente cumpla la mayoría de edad.
¿Cuándo puede firmar un menor?
Otro de los aspectos relevantes de este proyecto de ley es que establece, de manera oficial, la edad de firma de un beisbolista, indicando que solo será permitida a partir de los 16 años.
¿Qué es un fideicomiso?
De acuerdo con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) es un “acto jurídico mediante el cual una personas entregan bienes o derechos a una entidad fiduciaria para crear un patrimonio separado, que será administrado por esa entidad para beneficiar a otra persona o a la persona que entrega dichos bienes”.
De manera más llana, esto sería un contrato en el que se crearía un patrimonio aparte, en este caso el equivalente al 40 % del contrato, para ser manejado por una entidad fiduciaria hasta que el joven cumpla 18 años.
Estado del proyecto
La pieza, propuesta por el senador Santiago Zorrilla, fue aprobada en primera lectura en la Cámara Alta del Congreso Nacional.
Por lo tanto, debe ser aprobada nuevamente en el Senado, con el proyecto pasando a la Cámara de Diputados para ser debatido.